La nueva empresa adjudicataria de un servicio público puede extinguir la relación laboral por ineptitud sobrevenida de los trabajadores subrogados de la anterior concesionaria. Vía INAP

TRIBUNAL SUPREMO. Sala de lo Social Sentencia 306/2023, de 25 de abril de 2023 RECURSO DE CASACIÓN Núm. 1931/2022 Ponente Excmo. Sr. SEBASTIAN MORALO GALLEGO

Se cuestiona en el litigio si la nueva adjudicataria de un servicio público puede extinguir la relación laboral por ineptitud sobrevenida al amparo del art. 52 a) del ET, una vez que se ha subrogado en los trabajadores de la anterior concesionaria y constata que el demandante no dispone de la titulación requerida para el desempeño del puesto de trabajo.

 https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1236560&nl=1&utm_source=newsletter&utm_medium=email&utm_campaign=1/9/2023

 


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