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CREAR CUENTA“……debería plantearse un modelo de contratación pública más espiritual que literal, esto es, más basado en los principios inspiradores del sistema contractual que en la literalidad de los preceptos que lo regulan, especialmente tras los años de incertidumbre y gran desafío para el tejido empresarial que acabamos de presenciar. El fin último debe ser –en la medida en que lo permita principios básicos de la Administración, como la eficiencia en el uso de recursos públicos– la promoción de la actividad económica y la satisfacción del interés público, no sólo garantizando que se ofrecen prestaciones de calidad, también atendiendo a los prestadores y respetando la realidad de los mercados, ajustando las condiciones contractuales a su operativa y a su estructura económico-financiera y evitando la imposición de condiciones que alteran de base el equilibrio económico debido entre las partes y que no ampara, en ningún caso, el principio de riesgo y ventura del contratista.”
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